Por: Dharma Bueno
En 1762, Jean-Jacques Rousseau, reconocido filósofo ilustrado, publicó su tesis política “El Contrato Social”. Según su teoría, los hombres “firmamos” de manera inconsciente un contrato con el Estado, en el cual cedemos parte de nuestra libertad individual ilimitada a cambio de protección, propiedad y convivencia dentro de lo socialmente aceptable.En pocas palabras, el gobierno nos promete un nivel de seguridad tan sólido que evite la necesidad de que nosotros, los ciudadanos, tomemos acciones que salgan de lo racional, como lo es recurrir a la fuerza o a la violencia. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando este contrato se rompe?
En el Perú, la sensación de inseguridad ciudadana ha alcanzado niveles que ponen en duda ese contrato implícito. Cada robo, cada homicidio, cada video viral en protesta contra la violencia parecen recordarnos que el Estado no siempre puede cumplir su parte. Esto se hace aún más evidente cuando los ciudadanos, a través de marchas y protestas, buscan exigir el cumplimiento de sus derechos y, como respuesta, solo consiguen ser ignorados o tomados por “algo menor”. En búsqueda de alternativas viables, algunos ciudadanos plantean una posibilidad: armarse para defenderse. Pero la legalización del uso de armas como método de defensa no solo plantea un debate jurídico; es también un dilema ético y social. ¿Es la autodefensa un derecho o una amenaza?
Para seguir entendiendo mejor la propuesta, es clave entender los resultados que tuvieron otros países de nuestro continente. La experiencia latinoamericana ofrece ejemplos como Brasil, en el cual los asesinatos con arma de fuego aumentaron de 25 819 a 48 493 casos. El país registra, además, que aproximadamente el 77 % de sus homicidios en 2022 fueron cometidos con armas de fuego, cifra muy por encima del promedio mundial del 44 %. Por lo tanto, en Brasil la liberalización del acceso a armas vino acompañada de elevados índices de violencia armada, lo cual plantea dudas sobre su eficacia como mecanismo de defensa ciudadana generalizada. Aunque algunos ciudadanos reportan sentirse más protegidos, los índices de homicidios no disminuyen significativamente y, en ocasiones, la violencia doméstica y los accidentes aumentan. En contraste, Chile y Uruguay, que mantienen una regulación más estricta y controles rigurosos sobre la posesión de armas, presentan tasas de criminalidad más bajas y una percepción pública de seguridad relativamente estable.
Tras analizar los casos, es posible deducir que las diferencias demuestran que la efectividad de la legalización no depende solo del arma en sí, sino de la madurez institucional, la cultura de cumplimiento de la ley y la educación cívica de cada sociedad. En otras palabras, las armas pueden cambiar las manos, pero no necesariamente la mentalidad que las sostiene. Todo esto, considerado y aplicado en el contexto peruano, nos muestra la inviabilidad de una legalización inmediata sin antes fortalecer las instituciones, educar en valores cívicos y reconstruir la confianza ciudadana.
La incógnita sobre si usar o no las armas como forma de defensa no se reduce a una simple dicotomía entre el miedo y el valor. Ambos lados tienen su raíz en una misma necesidad: la búsqueda de seguridad. Quienes defienden el uso de armas apelan al derecho natural de proteger la vida; quienes la rechazan, al deber colectivo de evitar más violencia. Sin embargo, la experiencia latinoamericana y la lógica del contrato social de Rousseau se
juntan en un punto incómodo. Cuando los ciudadanos necesitan armarse para sentirse seguros, el Estado ya ha perdido su propia batalla. Porque la paz no se defiende con balas, se demuestra con justicia.
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